Influencia del Tratado de Libre Comercio entre México, Canadá y Estados Unidos (T-MEC) y su influencia en la reforma laboral en México
Le presentamos la tercera de esta serie de entrevista referidas a la reforma laboral en México. En esta oportunidad la temática trasunta sobre la vinculación entre el T-MEC y la reforma laboral mexicana.
En este tópico nuestra amiga la Lic. Rogelia Gomez Vargas entrevistó al MTRO Luis Monsalvo Álvarez.
Aquí un breve resumen del CCVV del entrevistado:
"Experto en Derecho del Trabajo en México, asesorando a empleadores globales, PyMES y start-ups, a interiorizar las mejores prácticas legales y eficientar el valor de las fuentes de trabajo en nuestro país. Es Licenciado en Derecho por la U. Iberoamericana, así como Especialista en Derecho del Trabajo por la U. Panamericana. También es Maestro en Derecho por la Universidad de Columbia en Nueva York, en la que se especializó en Derecho Laboral Comparado, prácticas de antidiscriminación en el empleo y compensación a altos-ejecutivos. Tiene estudios en Mercados de Capitales, Fusiones y Adquisiciones en la Universidad de Harvard en Cambridge, Massachusetts, así como en Instituciones Financieras en la Escuela de Economía y Ciencias Políticas de Londres. Luis es socio director en Monsalvo Abogados, firma especializada en la representación del sector empresarial desde hace más de 40 años. También es profesor de la U. Iberoamericana desde 2005 en la clase de Derecho Colectivo. Pertenece a la Comisión de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Barra Mexicana Colegio de Abogados así como a la Comisión Laboral del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México. Es vicepresidente de la Comisión de RH de la Cámara Española de Comercio y Subdirector del Comité Laboral Nacional de Index, Miembro de la Comisión Laboral de Coparmex, Vicepresidente de la Comisión de Empleo y Productividad de Concamin y también es miembro del Cuarto de Junto. Recientemente en julio de 2020 fue designado como panelista para la solución de controversias entre EUA y México, en el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas del Anexo 31-A del TMEC".
Estamos convencidos que las expresiones aquí realizadas serán de mucha utilidad para comprender la vinculación del tratado de libre comercio y su relación con la reforma laboral en México. No solo a los colegas mexicanos sino a todos los estudiosas del Derecho Comparado Iberoamericano. Muchas gracias por la participación tanto de Rogelia como de Luis de todos los que hacemos Derecho Laboral Iberoamericano. Nos vemos en la próxima publicación.
Resumen de la temática tratada:
El 30 de noviembre de 2018, se firma en Argentina el Tratado de Libre Comercio entre México, Canadá y Estados Unidos, el T-MEC.
El T-MEC tiene una influencia total y absoluta en la Reforma Laboral en México, es un nuevo tratado que viene a sustituir al anterior, no es una versión mejorada, es un tratado comercial, regional.
Ahora el T-MEC contiene un capítulo laboral que forma parte integral de dicho instrumento; el tema laboral es una de las partes fundamentales de los cambios de este tratado.
Dos cambios principales son, el primero de ellos, es la crítica hacia las Juntas de Conciliación y Arbitraje por pertenecer al Poder Ejecutivo no obstante de emitir actos jurisdiccionales; el segundo, es el tema de las relaciones colectivas ante la práctica reiterada de contratos colectivos de trabajo de “protección”.
En el T-MEC existe una observancia laboral a partir de los acuerdos comerciales.
COMPROMISOS ASUMIDOS POR MÉXICO EN EL T-MEC:
- Se obliga a respectar y tener reglas claras de la libertad de asociación y de la contratación colectiva porque son derechos fundamentales internacionales.
- Crear un órgano independiente para el registro de los contratos colectivos de trabajo y verificación de mayoría en los contratos iniciales mediante la constancia de representatividad.
- Tribunales independientes que pertenezcan al Poder Judicial para resolver los conflictos laborales.
- Implementar un sistema efectivo para verificación de lideres sindicales con evidencia documental para evitar que dichos líderes se eternicen en el poder.
- Revisar los contratos colectivos de trabajo a través del voto de los trabajadores, denominado la “legitimación de los contratos colectivos de trabajo“.
OBSERVANCIA DE DERECHOS DEL T-MEC:
1.-Libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.
2.- La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.
3.- La abolición efectiva del trabajo infantil, la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y otras protecciones laborales para niños y menores.
4.- La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
5.- Condiciones aceptables de trabajo respecto a salarios mínimos, horas de trabajo, seguridad y salud en el empleo.
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